- El informe de Pagazaurtundua, que promueve una protección universal de los Derechos Fundamentales, fue votado hoy por el pleno por 397 votos a favor
Estrasburgo, 18 de enero de 2023. El Pleno del Parlamento Europeo pidió hoy al Consejo introducir lo antes posible la incitación al odio y los delitos de odio como un ámbito delictivo en el sentido del artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con el fin de que pasen a formar parte de la lista de eurodelitos graves transnacionales.
El informe de la eurodiputada de CS Maite Pagazaurtundua, vicepresidenta de la Comisión de Libertades Civiles de la Eurocámara, ha sido aprobado hoy por 397 votos a favor. Pide también a la Comisión que proponga una definición clara de los delitos de odio y la incitación al odio, incluida una definición explícita de la incitación en el marco de una acción común de la Unión para garantizar la promoción de los valores de la Unión.
El texto se basa en el principio de que los derechos fundamentales protegidos son, principalmente, la dignidad humana y el principio de no discriminación por lo que la protección debe ser universal. Reflejando la más alta ambición de las organizaciones de protección contra la intolerancia, especifica que ésta no debe limitarse únicamente a determinadas causas o motivaciones.
Así, la protección que deben ejercer los estados miembros debe ser por razones raciales, o por razón de origen nacional, orientación sexual, religión, edad, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal, física o social, cualquiera que sea su forma de expresión, incluida la ideología.
Actualmente, el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión prohíbe toda discriminación, pero solo cita en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.
El informe indica además que la protección penal contra el odio debe ser proporcionada, lo que implica proteger la libertad de expresión de manera exquisita y limitarla únicamente cuando esté plenamente justificado hacerlo.
“No todos los discursos de odio constituyen un delito, pero sí contribuyen a normalizar las manifestaciones de odio e intolerancia, de modo que no son inocuos”, subrayó Pagaza. “La incitación al odio y los delitos de odio, alimentados por los nuevos fenómenos de comunidades de fanáticos en redes y la naturalización de la hostilidad, ha crecido. Lo ha hecho por factores que fomentan la irresponsabilidad, desde el anonimato a la manipulación del sesgo, entre otras causas, y que generan un efecto multiplicador venenoso”, manifestó.
Es importante señalar, dijo, que los agresores atacan a tipos o clases de personas únicamente porque forman parte de un colectivo detestado por ellos. Los motivos de fondo para detestarlos y cometer delitos graves tienen que ver con ser diferentes, verlos como inferiores, como negativos e intolerable que sean visibles.
“Espero que el Consejo reaccione ante este voto cuanto antes porque cuanto más se tarde en reaccionar a nivel de la UE, más sucio estará el ecosistema que compartimos, más impunidad habrá en el espacio compartido y, en este alambique se habrán cometido delitos muy graves que pagarán muy caro las víctimas”, concluyó la ponente.